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Membresía

Hazte socio o realiza un regalo exclusivo: sumérgete en la historia de Roma. La tarjeta de membresía te abrirá este inmenso patrimonio involucrándote en las actividades del Parque: exposiciones, conferencias, encuentros, iniciativas especiales y mucho más.
Contacta: pa-colosseo.membership@cultura.gov.it

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En el formulario de la declaración de impuestos, en el campo: “Elección para el destino del impuesto sobre la renta cinco por mil” firma en la casilla «Financiación de las actividades de protección, promoción y valorización de bienes culturales y paisajísticos» e introduce el NIF del Parque Arqueológico del Coliseo: 14490011005

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Apoya

El parque es patrimonio de todos los ciudadanos del mundo. Tu apoyo es vital para mantener y mejorar su prestigioso patrimonio cultural y continuar compartiéndolo: participa tú también.
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  • Patrocinios
    Puedes adherir tu imagen a los valores del prestigioso patrimonio cultural del Parque a través de un patrocinio técnico, financiero o mixto, dando una contribución en dinero, en bienes o servicios en favor del proyecto o de la implementación de iniciativas en el Parque en el campo de la protección y la mejora del patrimonio cultural.
    Artículo 120 del Decreto Legislativo del 22 de enero de 2004, n. 42 – artículos 19 y 151 del decreto legislativo del 18 de abril de 2016, n. 50 – Decreto Ministerial MiBACT del 19 de diciembre de 2012, Diario Oficial del 12 de marzo de 2013 N. 60.
  • Art Bonus
    Puedes convertirte en patrocinador apoyando el patrimonio cultural del Parque y aprovechar los beneficios fiscales en forma de crédito fiscal con el Art Bonus. Introducido en 2014, permite a particulares, organizaciones o empresas hacer donaciones de dinero para apoyar los bienes culturales públicos con una reducción de impuestos del 65%.
    Decreto Legislativo 31.5.2014 n. 83, art.1
    Art Bonus

Legados y donaciones

Para garantizar la memoria y la identidad familiar, puedes convertirte en testigo del Parque donando parte de tu patrimonio, en dinero o en bienes muebles o inmuebles, incluso con un legado testamentario.
Mantén el recuerdo perpetuo de una persona querida, haz una donación: su memoria vivirá en el parque.
Decreto legislativo del 31 de octubre de 1990 n. 346, art. 3 – art. 769 Código Civil