Biblioteca Foro Romano-Palatino

La Biblioteca Foro Romano-Palatino (Biblioteca Palatina) fue fundada por Giacomo Boni, quien, al convertirse en director de excavaciones en el Foro Romano, quiso acompañar las investigaciones arqueológicas que emprendió a partir de 1898 con la creación de un museo y una biblioteca. El núcleo original de la Biblioteca se componía de volúmenes publicados entre los siglos XVI y XIX y tenían como objeto el estudio de antigüedades romanas y ediciones críticas de autores latinos y griegos, fundamentales para el conocimiento del mundo antiguo. A ellos se añadieron los tratados contemporáneos más importantes sobre historia, antropología, historia de las religiones, topografía, arqueología y epigrafía griega y romana, así como una amplia colección de publicaciones periódicas y una notable colección gráfica y fotografías de temas arqueológicos. El resultado fue una correspondencia excepcional entre textos escritos y material gráfico, cartográfico y fotográfico que enriqueció el centro de investigación y estudio del Foro Romano.

A lo largo de los años, el trabajo para aumentar el fondo bibliográfico de la Biblioteca ha continuado a través de compras, donaciones e intercambios, de modo que de los 1000 volúmenes iniciales, reconocibles por los ex libris de Giacomo Boni y las notas de posesión (firmas, acrónimos, sellos, dedicatorias), se ha pasado a los 30 000 volúmenes actuales.

La Biblioteca se encuentra actualmente en el Museo Nacional Romano-Museo Palazzo Altemps, sita en Piazza S. Apollinare 46, 00186.

 

INFORMACIÓN Y NORMAS

Acceso a la Biblioteca Foro Romano-Palatino

Actualmente, las colecciones de la Biblioteca se pueden consultar en las salas del Museo Nazionale Romano, Palazzo Altemps.
Para utilizar la biblioteca, los solicitantes deben concertar una cita enviando una solicitud a la dirección pa-colosseo.biblioteca@cultura.gov.it

Responsable: Dra. Donatella Garritano

La Biblioteca se reserva el derecho de comunicar cualquier cambio en el horario.

Reglas

Los usuarios externos deben registrarse y firmar el registro de entrada en la sala de consulta.

Se pueden dejar un máximo de cinco volúmenes en las mesas para su consulta durante un máximo de dos semanas.

Se permite la introducción de ordenadores y cámaras en las salas de la biblioteca para la reproducción de textos.

Los usuarios pueden introducir, previa autorización, volúmenes o fotocopias propias para la consulta de los documentos que obran en poder de la biblioteca, si resultara necesario.

Consulta

No está permitido retirar los volúmenes de los armarios por cuenta de los usuarios.

Para solicitar un volumen, los usuarios deberán rellenar el formulario facilitado. Los volúmenes que se entreguen al usuario quedarán anotados en el registro y requerirán su firma para su préstamo y devolución.

El personal de la Biblioteca tiene autoridad para realizar inspecciones y comprobaciones de los materiales que poseen los investigadores.

Los investigadores deben respetar la condición y la integridad de los documentos que se entregan para su consulta.

Reproducciones

La Biblioteca no dispone actualmente de Oficina de Reprografía. Cualquier solicitud de reproducción realizada por medios propios (cámaras, escáneres) debe ser autorizada previamente.

Comportamiento y sanciones

Los usuarios deberán respetar las disposiciones legislativas aplicables, especialmente las relativas al uso de los lugares públicos y las declaraciones falsas, así como el presente Reglamento.

Quien contravenga estas normas, sin perjuicio de cualquier responsabilidad civil o penal, podrá ser expulsado temporal o permanentemente de la Biblioteca. En particular, los culpables de robo, deterioro o daños de cualquier tipo al patrimonio del Parque Arqueológico del Coliseo serán expulsados de la Biblioteca, remitidos a la autoridad judicial y denunciados a la autoridad ministerial superior competente. Del mismo modo, también podrá ser expulsado cualquier persona que firme o escriba, incluso con lápiz, en libros y documentos o que perturbe de cualquier forma la actividad de estudio y trabajo. En todos los casos anteriores, no se verá afectada la obligatoriedad de la reparación material de los daños causados.